AEROTERMIA Y BIOMASA
Ayudas del Gobierno de España para la ejecución de instalaciones ligadas al autoconsumo con fuentes de energías renovables
Programas
Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas destinadas a climatización o producción de ACS en el sector residencial.
Destinatarios
Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica (particulares).
Personas físicas que realicen alguna actividad económica (autónomos)
Comunidades de propietarios
Actuaciones subvencionables
Tecnologías: Solar térmica, biomasa, geotermia, hidrotermia o aerotermia (exceptuando las tecnologías aire-aire).
Condiciones comunes a todas las tecnologías:
Las instalaciones deberán cumplir cuando corresponda, con el RITE.
Todas las instalaciones deberán contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica o térmica producida y del consumo energético. (Excepto la tipología de Biomasa aparatos de calefacción local). Esta información deberá ser accesible a través de dispositivo móvil.
Para cada tecnología sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación, o ligadas al mismo consumo.
Se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad al 30 de Junio de 2021.
Ayuda adicional por desmantelamiento de instalaciones existentes (sólo biomasa y solar térmica).
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Deberá aportarse el proyecto o memoria técnica, en los casos en que sea obligatoria su elaboración para legalizar la instalación de acuerdo con el RITE, suscrita por técnico competente o empresa instaladora según proceda, donde se describan adecuadamente las actuaciones a realizar y la situación de partida.
En el caso de las bombas de calor accionadas eléctricamente deberán tener un SPF (rendimiento medio estacional) superior a 2,5. Se acreditará mediante las especificaciones técnicas del fabricante del equipo.
Se incluyen ayudas adicionales por la incorporación de suelo radiante y radiadores de baja temperatura o fancoils.
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Presentar proyecto (en caso de que la instalación precise legalización según RITE) o memoria técnica suscrita por técnico competente o empresa instaladora, y siempre indicando la tecnología, marca y modelo de la caldera que se va a instalar, excepto aparatos de calefacción local.
Climatización o ACS: Las instalaciones deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80%. Será necesaria una declaración de que todos los combustibles que se van a utilizar tienen un valor por defecto de reducción de emisiones GEI del 80% o superior.
Aparatos de calefacción local o calderas de menos de 1 MW:
i) Será necesario presentar acreditación del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar, que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el Reglamento de Ecodiseño en vigor (Reglamento UE 2015/1185 o Reglamento UE 2015/1189, según corresponda.
ii) El beneficiario mantendrá un registro documental suficiente que permita acreditar que el combustible empleado en el equipo dispone de un certificado otorgado por una entidad independiente acreditada relativo al cumplimiento de la clase A1, según lo esblecido en la norma UNE-ENISO 17225-2, de la clase 1 de la norma UNE-EN-ISO 17225-4, de la clase A1 de la norma 164003 o de la clase A1 de la norma 164004. Este registro se mantendrá durante un plazo de cinco años. (Declaración responsable)
iii) En caso de aparatos de calefacción local deben disponer de la parte frontal cerrada.
Las instalaciones de 1 a 50 MW deberán cumplir con los requisitos de emisiones establecidos en el Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión.
Importe de las ayudas
Las ayudas se otorgarán como importes fijos unitarios o “modulos” que cubrián parcialmente los costes, en función de la tecnología empleada y la potencia de la instalación:
Ejemplo tipo
DATOS INSTALACIÓN:
Tecnología: Aerotermia 12 kW
Incluye instalación de suelo radiante
Coste total instalación: 12.000,00 €
DATOS SOLICITANTE:
Persona física
RESULTADOS:
Coste subvencionable: 6.600,00 €
55 % del coste total
Ejemplo tipo
DATOS INSTALACIÓN:
Tecnología: Estufa de biomasa
Potencia equipo: 10 kW
Coste total instalación: 3.000 €
DATOS SOLICITANTE:
Persona física
RESULTADOS:
Coste subvencionable: 2.500,00 €
83 % del coste total